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viernes, 26 de julio de 2013

Corrupción

Cuando leí la noticia, me asaltó la duda sobre la acepción de la palabra "corrupción" y recurrí a Salvat, que textualmente dice: "Acción y efecto de corromper. Alteración o vicio..."
Al ir a la definición de corromper, encuentro en el mismo Salvat: "Alterar y trastocar la forma de alguna cosa. Echar a perder, dañar. Viciar, pervertir. Sobornar o cohechar. Pervertir o seducir a una mujer o a un menor. Incomodar, fastidiar. Oler mal."

A pesar de estar bastante claro, recurrí igual a Larousse, donde la acepción de corrupción establece: "Putrefacción. Alteración o tergiversación: corrupción de un libro, de un escrito. Soborno, cohecho: corrupción de un juez, de un funcionario. Vicio intrtoducido en las cosas no materiales: corrupción de la moral."

También Larousse, sobre corromper, nos dice: "...cohechar, sobornar".

En consecuencia: Corrupción es sinónimo de cohecho, soborno, hacerse de un beneficio con estratagemas o engaños, estafar. Con el agravante en el caso que trataremos, que el cohecho es en perjuicio del Estado, en perjuicio de todos nosotros. 

Aclarada la acepción del término, viene la pregunta: ¿Un Ministro que ostentó irregularmente su cargo, por estar impedido por la Constitución de la República, cuando es cesado, al descubrirse que había mentido sobre su nacionalidad, puede lícitamente cobrar un subsidio por esa cesantía?

Recordemos que para ser Ministro de Estado, según el Art. 176 de la Constitución de la República, "...se necesitan las mismas calidades que para Senador". Y el Art. 98 establece: "Para ser Senador se necesita ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio, y en ambos casos, treinta años cumplidos de edad".

Pues bien, el Sr. Jorge Villegas, ostentó el cargo de Ministro de Salud Pública no siendo ciudadano natural en ejercicio ni legal con siete años de ejercicio. En consecuencia ostentó ese cargo ILEGALMENTE.

Si cualquier funcionario ostenta un cargo público ilegalmente, por lo menos se le exigiría la devolución de lo percibido por esa función ilegítima.

En el caso del Sr. Villegas, no solo no devuelve lo cobrado ilegítimamente, sino que se le pagará un subsidio por el término de un año a razón del 85 % del sueldo que cobrara (ilegítimamente).

¿Como se da este desaguisado? Pues la reclamación del Sr. Villegas, elevada al Tribunal de Cuentas de la República, recibe el visto bueno de la mayoría frenteamplista y del miembro independiente Siegbert Ripe Kaiser, con el voto contrario de la oposición y el dictamen también contrario del Departamento Jurídico de dicho Tribunal.

¿Que pensará de este "Seguro de Paro" del Sr. Villegas, un obrero que su empresa lo despide y recibe por 6 meses el 50 % del promedio de sueldos ganados en los últimos 6 meses?

Suponemos que el PIT-CNT, tampoco estará muy de acuerdo con este subsidio mal habido por el Sr. Villegas ¿O sí?

Pero esas son preguntas que deberán contestar los trabajadores y sus representantes sindicales.

El tema hoy, es que este subsidio es lisa y llanamente CORRUPCIÓN avalado por el FA.

Dirán que es un monto pequeño si lo comparamos con PLUNA, con el Centro Tecnológico del Cerro, con ALUR/ANCAP, Casinos, sobrefacturación en el Maciel y hospital de Rivera, ñoquis, INCA, casas prefabricadas para Venezuela transformadas en chalets para country privado en isla caribeña propiedad de la hija de Chávez, libros con costo de 40.000, facturados por 40.000.000, cientos de cargos de confianza para amigos, parientes y correligionarios, BROU pagando abogado privado para defender a Caloia, etc. etc.

Nos podrán decir todo eso pero, definitivamente, ES CORRUPCION.